- Arraigo por Formación
¿En qué consiste el arraigo por formación de la nueva Ley de Extranjería? El arraigo por formación es una figura de reciente creación incluida en el Real Decreto 629/2022. Permite conseguir un permiso de residencia legal válido por un período de 12 meses a aquellas personas migrantes que lleven 2 años en España y quieran obtener una formación que les ayude a insertarse laboralmente. En el arraigo por formación se debe acreditar un compromiso de participación en un programa de formación. Eso sí, la persona extranjera debe demostrar que ha residido en España durante al menos dos años. ¿Qué requisitos se exigen para conseguir el arraigo por formación? Para solicitar el arraigo por formación, es imprescindible que la persona extranjera cumpla los siguientes requisitos:
- • Comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo. Su realización es obligatoria.
- • Acreditar su permanencia en España de forma continuada durante al menos 2 años.
- • No tener antecedentes penales en su país o en los que haya residido en los últimos 5 años anteriores a España.
- • No tener antecedentes penales en España.
- • No tener prohibida su entrada a España.
- • Realizar los trámites de solicitud que más abajo detallamos.
- • Formación reglada para el empleo.
- • Títulos de Formación Profesional.
- • Cursos de Especialización.
- • Certificado de profesionalidad.
- • Certificados de Competencia.
- • Formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica.
- • Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo. En estos casos, deberá estar incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas. Para poder participar en estas formaciones, los solicitantes tienen que inscribirse como demandantes de servicios previos en los Servicios Públicos de Empleo una vez tengan autorizado el arraigo y dispongan de NIE y sea programada y autorizada la acción formativa.
- • Formación permanente de las universidades, como másteres oficiales.
- • Cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales u otras enseñanzas propias de formación permanente.
- • Formación conducente a microcredenciales, basada en experiencias de aprendizaje de corta duración de todos los niveles educativos.
- • Solicitud del arraigo por formación y compromiso de la realización de la formación. Para esto existe este modelo de Declaración Responsable de arraigo por formación donde se detallará la información del curso. Se presentarán dos copias del Modelo EX-10.
- • Documentación que sirva para demostrar tu permanencia en España. Por ejemplo, certificado de empadronamiento, documentos de la sanidad pública, etc.
- • Fotocopia del pasaporte. Deberá tener al menos 4 meses de vigencia.
- • Certificado de antecedentes penales expedido por su país o países donde haya residido en los últimos 5 años anteriores a España. (Si es en otro idioma, deberá estar traducido y haber sido reconocido legalmente en España).
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